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En un mes se presentarán vía web las declaraciones sin ingresos
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Modificada el 18/07/2007

En un mes se presentarán vía web las declaraciones sin ingresos 

A partir del próximo 1º de agosto las declaraciones juradas mensuales y anuales de los contribuyentes de Convenio Multilateral, que no generen ingreso de fondos, deberán ser presentadas únicamente vía web.

En particular, entre el 13 y 17 de agosto vence el plazo para ingresar el séptimo anticipo correspondiente a 2007, lo que pondrá a prueba la nueva metodología a implementarse.

El nuevo mecanismo para cumplir las obligaciones respecto del Impuesto sobre los Ingresos Brutos se dio a conocer mediante la resolución general 2/2007 emitida por la Comisión Arbitral.

De esta forma, se consigue un avance en materia de control, procesamiento de datos y administración de la recaudación de ingresos tributarios.

Nuevas pautas de liquidación En los considerandos de la norma se menciona que "la medida se encuadra dentro del convenio que la Comisión Arbitral celebró con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a los efectos de coordinar la implementación de un Sistema Federal de Recaudación para la recolección del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de contribuyentes de Convenio Multilateral".

Por otra parte señala que "es necesario, dado la demanda creciente de los contribuyentes, incorporar la utilización de las nuevas tecnologías, como ser, la presentación de las declaraciones juradas vía transferencia electrónica de datos".

En efecto, la nueva resolución establece que "los contribuyentes de Convenio Multilateral estarán obligados a presentar a partir del 1º de agosto de 2007 por vía electrónica aquellas declaraciones juradas anuales y mensuales sin ingreso de fondos -ya sea porque no arrojen saldos a favor del fisco para ninguna jurisdicción o porque no se efectúe ningún pago".

Asimismo aclara que las declaraciones deberán presentarse a través del sitio de la Comisión Arbitral o de la AFIP. El acuse de recibo generado por el
sistema constituirá el comprobante válido de la presentación.

Cualquier consulta, contactarse con nosotros.

Palabras Clave: Afip | Convenio | Ingresos Brutos | Contador | Rentas
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