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Còmo hacer si el comprador de un automotor o motovehìculo no efectùa la transferencia.
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Modificada el 25/05/2009

Si el comprador de un automotor o motovehiculo no efectùa la transferencia el vendedor sigue siendo responsable de los hechos que le ocurran al comprador,Para evitar esto se debe concurrir al registro que le corresponda ingresando en la pàgina de la DNRPA y presentar la solicitud tipo 11(denuncia de venta) en la que se coloca el nùmero de dominio del automotor.

Si el bien està en condominio la denuncia deberà ser hecha por cada uno de los condòminos, sino sòlo liberarà al condòmino que la realiza y no se dictarà la prohibiciòn de circular y la orden de secuestro. Es conveniente pero no obligatorio que preste consentimiento el cònyuge.Debe tambièn hacerse constar a quièn el titular registral le transfiriò el automòvil, el lugar y la fecha en que se efectuò la entrega del automotor. En caso de no recordar el nombre y apellido del comprador esto no impedirà la toma del tràmite, lo mismo que no recordar el lugar y fecha de la entrega, en ese caso se consignarà la fecha aproximada de la entrega. Tambièn se colocarà en el formulario el nombre, apellido, nùmero y tipo de documento de identidad del vendedor titular registral.  Una vez hecho esto el registro que recibe la denuncia cumplidos los 10 dìas hàbiles administrativos que tiene el comprador para inscribir la transferencia, sino lo hizo, el encargado del registro le comunicarà que se ha recibido una denuncia de venta  a su favor por carta certificada con aviso de entrega dejando copia al comprador o a la persona de la casa , dàndole un plazo de 30 dìas hàbiles administrativos para que realize la transferencia contados a partir de la fecha de notificaciòn. Si no tiene forma de notificarlo esperarà 40 dìas hàbiles administrativos para decretar la prohibicìòn de circular y la orden de secuestro que queda registrada en el legajo.         

Palabras Clave: Transferencia | Denuncia | Compra | Radicaciòn | 381
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