LOCACION DE INMUEBLES: IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS
BRUTOS. DIFERENCIAS ENTRE LA
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Y LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES.
* Alicuota aplicable: en la Ciudad Autonoma de
Buenos Aires, 3%; en la
Provincia de Buenos Aires, 3,50%.
* Cantidad de unidades/propiedades exentas o no
alcanzadas por el impuesto: en la Ciudad Autonoma de Buenos Aires, 2 (exentas); en la Provincia de Buenos
Aires, 2 (no alcanzadas).
* En la Ciudad Autonoma de Buenos Aires existe limite en
el valor de la locacion ($ 1.200) para la consideracion de la procedencia de la
exencion; en la Provincia
de Buenos Aires, no.
* En la Ciudad Autonoma de Buenos Aires la exencion en el
impuesto por la locacion de hasta dos unidades rige para cualquier tipo de
propietario, mientras que en la
Provincia de Buenos Aires no se encuentran incluidas las
sociedades y empresas inscriptas en el Registro Publico de Comercio, en el
beneficio de considerar que la locacion de hasta dos propiedades no se
encuentra alcanzada por el impuesto.
* En la Ciudad Autonoma de Buenos Aires la exencion se
limita a unidades de vivienda, mientras que en la Provincia de Buenos
Aires el concepto es mucho mas amplio al referirse a propiedades.
Esperamos su consulta;
http://articulo.mercadolibre.com.ar/MLA-36772677-_JM
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